A los fines de mejorar y garantizar la calidad del servicio de telecomunicaciones a nivel nacional, Digitel exhorta a sus clientes naturales y/o jurídicos a no incurrir en usos irregulares y/o indebidos de sus líneas, que puedan acarrear sanciones administrativas o judiciales. Uso irregular de los servicios: calificación que otorga Digitel a toda línea que se identifique con algún indicio de anormalidad en el uso de los servicios asociados, hasta que se verifique que corresponde a un uso indebido.
Uso indebido de los servicios: uso de los servicios (datos, voz, SMS, otro) de forma irregular y con fines diferentes a los establecidos en el contrato de servicios suscrito por las partes, tales como: abuso en las descargas, tráfico ilegal de llamadas, envío de mensajes con fines publicitarios sin autorización del destinatario, uso de líneas básicas como móviles, robo de infraestructura, subarrendamiento de servicios a nivel nacional o internacional, uso de equipos no homologados por Digitel, así como cualquier otra acción, omisión o procedimiento con fines fraudulentos y/o comerciales que representen un provecho o ventaja para el cliente en perjuicio de los derechos e intereses de Digitel o de terceros, sin que medie autorización entre estas, entre otros.
La práctica de algún uso irregular o indebido como los descritos anteriormente, viola las cláusulas décima séptima y décima novena del contrato de Servicio Telefónica aprobado por CONATEL y suscrito por las partes.